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¿Te han desheredado? Aquí te contamos la principal causa.

CAUSA DE DESHEREDACIÓN EN TESTAMENTO. EL MALTRATO DE OBRA.

El Código Civil Español regula de forma taxativa las causas por las cuales se puede desheredar a un descendiente. En el presente artículo analizaremos la más común que suele constar en los testamentos y es el maltrato de obra, regulado en el artículo 853 2ª del Código Civil.

La interpretación en lo que se refiere a las acciones que se engloban en el maltrato de obra han ido desarrollándose en el tiempo, adaptándose a la realidad social y al signo cultural del momento en que se producen.  Actualmente, la jurisprudencia del Tribunal Supremo, por todas, en su sentencia de 3 de junio de 2014 ha establecido que el maltrato de obra como causa de desheredación engloba al maltrato psicológico, como acción que determina un menoscabo o lesión de la salud mental de la víctima, así como la falta de relación afectiva y comunicación entre padres e hijos, el abandono físico y sentimental sufrido por los padres durante su última enfermedad, y la ausencia de interés de los hijos para con los padres según establece la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de diciembre de 2015.

Es muy importante que el testador, cuando otorgue testamento fije el motivo de desheredación y concrete la causa dada cuenta que en caso de que no se concrete de forma pormenorizada dicho testamento será más fácil de impugnar por la vía judicial siendo un problema la defensa del mismo para los herederos de éste ya que serán éstos los que tendrán que acreditar la justa causa de desheredación.

En AP Abogados Costa Blanca contamos con abogados especialistas en herencias y testamentaría en Alicante y Benidorm que le podrán asesorar para trámites testamentarios en Notaria y deseen desheredar a cualquiera de sus descendientes si existiera causa para ello. 

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