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Qué hay que tener en cuenta en un contrato de arras o señal

RESERVA DE CASA EN BENIDORM

Habitualmente cuando se efectúa una compra y venta de una vivienda con carácter previo a formalizar dicha compraventa o a elevar a público a través de escritura, las partes firman un contrato de arras o señal mediante el cual se consigna una cantidad como señal para la futura compraventa.

Tipos de contrato de arras que existen:

  • Las penitenciales
  • Las confirmatorias
  • Las penales

El contrato de arras más usual es el penitencial. Será el que tratemos en este artículo más profundamente.

Las arras penitenciales vienen reguladas en el artículo 1454 del Código Civil el cual establece una de las cláusulas más valoradas por los usuarios ya que, podrá rescindirse el contrato allanándose el comprador a perderlas, o el vendedor a devolverlas duplicadas.

Este tipo de arras o señal, como hemos adelantado son las más comunes en las compra y venta de viviendas en la provincia de Alicante y en la Costa blanca. En el contrato de arras el comprador se obliga a depositar a favor del vendedor la cantidad que pacten como señal de una futura venta. Es importante que en dicho contrato de arras se especifiquen cual serán las condiciones o pactos de la futura venta ya que, en caso contrario, pueden surgir problemas interpretativos ante una posible disconformidad de las partes a la hora de formalizar la compra y venta y elevar a público ante Notario dicha compra y venta.

Es importante que se fije un plazo concreto para que ambas partes se comprometan a formalizar la escritura de compra y venta y a su vez, para que la señal de reserva de arras penitenciales depositada puedan ejecutarse en caso de incumplimiento del comprador o del vendedor.

Si el incumplimiento según lo pactado se debe al comprador, éste perderá las arras o dinero depositado. En cambio, si el incumplimiento se debe al comprador, deberá de abonar al comprador el doble de la cantidad de arras consignadas. También es cierto que las partes ante un posible incumplimiento pueden alcanzar los acuerdos que consideren convenenientes siempre que estén de acuerdo en base al artículo 1255 del Código Civil.

Es importante que a la hora de formalizar un contrato de arras o señal para una futura compraventa de una vivienda se asesore con abogados especialistas en derecho inmobiliario. AP Abogados Costa blanca, con sede en Alicante y Benidorm, cuenta con un equipo de abogados de gran experiencia en derecho inmobiliario que le pueden asesorar para evitar cualquier inconveniente a la hora de adquirir una vivienda o vender su inmueble.

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