Muchos son los jóvenes mayores de edad que por diferentes motivos alzan el vuelo del nido familiar hacia su nueva vida eso sí, continuando con la pensión de alimentos bajo el brazo.
Es el caso de algunos jóvenes en esta época que, continúan pidiendo a sus progenitores que mensualmente se les cubra las necesidades de alimentos después de haber cumplido la mayoría de edad y vivir en un domicilio distinto al familiar.

Pero, los padres, dejan de tener la obligación de cubrir la pensión de alimentos una vez los hijos se independicen de la vivienda familiar.
Las leyes españolas contemplan únicamente la obligación del progenitor pagador no conviviente mientras dure esa convivencia bajo el techo del otro progenitor.
Para los casos en los que el hijo o la hija se ha independizado compartiendo domicilio con otra persona de forma voluntaria demuestra una autonomía plena que lleva consigo la extinción de las obligaciones de manutención de los progenitores.
La edad para acceder al mercado laboral también declina la balanza de la autonomía de los hijos y por tanto si no lo impide el hecho que estén estudiando, deberán hacer frente a su vida de forma que los padres quedan sin obligaciones.
