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Cómo repartir el patrimonio entre cónyuges.

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Separación de bienes.

Los cónyuges durante el matrimonio -a través de capitulaciones matrimoniales– o tras la disolución del mismo pueden liquidar el régimen económico matrimonial de bienes gananciales. En síntesis, consiste en atribuir y repartir a cada cónyuge o ex cónyuge la parte del patrimonio y bienes que le corresponda. Asimismo, si la sociedad ganancial tiene deudas, las mismas se han de liquidar y atribuir a cada uno de ellos según corresponda por los pactos que hayan acordado o establezca la Ley.

AP Abogados Costa Blanca recomienda efectuar el tramite de liquidación de bienes gananciales a través de mutuo acuerdo, pudiéndose efectuar el mismo a través de Notario o mediante procedimiento judicial.

Para efectuar la liquidación de bienes gananciales se ha de efectuar un inventario donde conste el Activo y Pasivo de la sociedad ganancial. Una vez acordado entre las partes, o efectuado el inventario en sede judicial por su abogado de confianza, se ha de dar un valor a cada bien, ya sea mueble o inmueble (en ocasiones hay que realizar la valoración a través de un perito).

La importancia de alcanzar un acuerdo evitaría tener que sufragar los gastos de un especialista contador-partidor que, salvo conformidad entre los cónyuges, es el profesional que se encarga de efectuar la división y reparto del activo y pasivo según corresponda por Ley.

En la Costa Blanca, como en territorio español, la liquidación del régimen económico matrimonial conlleva la modificación del estado y de la situación económico de los implicados, quedando disuelta la misma.

En AP Abogados Costa Blanca contamos con un equipo de abogados expertos en derecho de familia.

La ubicación de los dos despachos jurídicos en Alicante y Benidorm centran su actividad en situaciones como la presentada. Si es tu caso, asesórate con profesionales especialzados en el área.

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