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Cómo actuar si sufro una amenaza

DELITO POR AMENAZAS

Si te encuentras en una situación en la que recibes amenazas constantes de otra persona ya sea conviviente o no, ten en cuenta el tipo de amenaza que representa en el Código Penal.

Los artículos 169-171 del Código Penal dice que es toda acción o expresión de un individuo que tenga por objeto hacer daño a otra persona o a sus familiares y allegados de esta.

Es muy común encontrarnos con situaciones como esta en nuestro despacho de abogados de Alicante y Benidorm y siempre, tratamos de ofrecer la mejor ayuda jurídica salvaguardando la protección de las personas que puedan estar en situación de riesgo o peligro.

Tipos de amenazas que son consideradas como delito.

No todas las amenazas se consideran delito dentro del Código Penal. Las que sí son consideradas son las consideradas como amenaza de muerte, de lesiones, contra la libertad sexual, de honor, patrimoniales, intimidatorias, de integridad moral, orden socioeconómico o de tortura. Serán consideradas delito por amenaza todas aquellas fórmulas de expresión que enmarque el Código Penal.

Tipos de gravedad según la amenaza.

En aquellos casos en los la amenaza se encuentra ligada:

  • Pena por amenazas verbales: Cuando nos amenazan con exigir cantidades o imposición de las condiciones para cobrarlas.
  • Pena de prisión: cuando la anterior no condiciona. La prisión se puede establecer entre 6 meses y hasta 24 meses. En los casos de tratar a colectivos de personas, las penas son las máximas condenatorias.
  • Penas por actos terroristas: las condenas se encuentran más elevadas que las anteriores y se establecen entre 6 meses y hasta 3 años.
  • Amenazas sin peligro consecuente: en estos hechos, la prisión oscila entre 3 y 12 meses.
  • Las coacciones por hacer público algo de la vida privada, sumándole una recompensa oscilan prisión de 2 a 4 años siempre que haya cometido la acción.
  • Amenazas leves hacia personas vulnerables o mujeres que convivan con el infractor se establecen entre 6 y 12 meses.

Como vemos, la mayoría de las amenazas conllevan consecuencias, pero sin una denuncia, la protección legal hacia la víctima no se podrá llevar a cabo. Desde AP Abogados asesoraremos en todo momento a nuestro cliente sobre su situación particular.

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