Nulidad del contrato por cláusulas irregulares que limitan los derechos y deberes de propietarios e inquilinos.
Tanto propietario como inquilino, a la hora de firmar un contrato de arrendamiento, asumen derechos y obligaciones que deberán acatar en caso de discrepancia en un momento dado. Pero en ocasiones, nos encontramos con situaciones en las que existen cláusulas abusivas que reconoce el derecho de aplicación de los parámetros legales que contempla la Ley de Arendamientos Urbanos (LAU) y que cada vez delimita con mayor precisión quién debe asumir ciertos hechos que nos ocurren durante el alquiler de la vivienda.
Veamos algunas circunstancias donde encontramos hechos de este tipo:
- Si se ha firmado un contrato de arrendamiento con un periodo inferior al año, por ejemplo 11 meses, donde se justifique fehacientemente con ello una causa de desplazamiento por trabajo temporal, estudios o similar, la Ley de Arrendamientos Urbanos, no podría aplicarse y por tanto deberíamos buscar asesoramiento jurídico inmobiliario para resolver esta la situación.
- Otra de las cláusulas abusivas de un contrato de alquiler de vivienda puede darse cuando en el apartado de prórroga del contrato de arrendamiento, no exista la renovación del acuerdo hasta 5 años. Es decir, cuando se omita el derecho a continuar con un alquiler si no ha finalizado el derecho que establece la Ley.
- Cuando exista un apartado en el contrato de arrendamiento en el que se establezca un pago superior y anticipado a la de un mes por ejemplo, anticipando 3 mensualidades. En estos casos, podríamos estar incurriendo en una irregularidad que contempla la LAU.
- La LAU indica los derechos y deberes que corresponden a inquilino y casero y por tanto, establece un apartado en relación al estado de conservación de la vivienda. Para aquellos casos en los que se incumplan los mínimos establecidos, podría existir un conflicto sobre los derechos y obligaciones de las partes y por tanto, les recomendamos el contacto con nuestro despacho de expertos en derecho inmobiliario donde podrán asesorarle en sus circunstancias particulares.
- Cuando nos hallamos con la problemática de que el propietario de la vivienda dispone una cláusula en la que se contemple el permiso de acceso a la propiedad arrendada, es otra de las cláusulas nulas por las que podremos poner fin al contrato.
En cualquiera de las circunstancias expuestas en este artículo y en otras circunstancias individuales, nuestra recomendación, será contactar con especialistas en el sector donde les puedan asesorar y encomendar la tarea de salvaguardar sus intereses en torno a la cobertura legal de contratos particulares y mercantiles.
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